El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad una nueva convocatoria para la selección y designación de la consejera presidenta del organismo público local del estado de Oaxaca.

La consejera será electa para un periodo de siete años y tendrá a su cargo la elección de gobernador del estado, toda vez que la designación tendrá que realizarse a más tardar el 29 de octubre del 2021.

La decisión de INE fue en acatamiento de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revocó la convocatoria inicial al considerar que el órgano electoral dejó de observar el principio de alternancia en la designación de autoridades que conformarán un órgano impar.

El consejero Jaime Rivera explicó que la Sala Superior consideró que la convocatoria debería emitirse exclusivamente para mujeres, por lo que ordenó al INE emitir una nueva, dejando subsistentes los registros de las mujeres aspirantes que presentaron sus documentos previamente.

“Todos los integrantes de este Consejo General hemos estado siempre a favor de cumplir el principio de paridad en la integración de los organismos públicos locales y así lo ha hecho el Instituto Nacional Electoral desde su primera designación en el 2014 y en las subsecuentes, la paridad se ha cuidado y cumplido”.

De cualquier modo, enfatizó, “hay que cumplir la sentencia que nos ordena emitir una nueva convocatoria, lo que debe ser aprovechado para lograr la paridad de género en los organismos locales”.

Los requisitos 

Los requisitos para participar son: tener ciudadanía mexicana y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; estar inscrita en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente; tener más de 30 años cumplidos al día de la designación; poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura.

Además son esenciales gozar de buena reputación y no haber sido condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial; ser originaria de la entidad federativa correspondiente o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses;

Además de no haber sido registrada como candidata ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación; no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación; no estar inhabilitada para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local.

También piden no haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación como de las entidades federativas, ni subsecretaria u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno, entre otros.

FUENTE STAFF

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